Covid-19: se aplican las restricciones por 72 horas

Mario Ibargoyen, Maximiliano Suescun y Juan Pedro Achaga, anunciado las nuevas medidas restrictivas

El anuncio se conoció este martes. Hoy se cumple el primer día de las restricciones. Estas medidas se extenderá hasta el viernes inclusive. El propósito es disminuir la circulación de ciudadanos.

El martes por la noche, en el marco de la nueva situación epidemiológica del Partido de Rauch, con crecientes casos positivos de Covid, la Mesa Local de Emergencia emitió un nuevo comunicado, dando a conocer restricciones parciales para las próximas 72 horas, con el propósito de disminuir la circulación de ciudadanos, mientras se da tiempo a las autoridades de Salud a trabajar en el control de los potenciales casos que puedan aparecer, más allá de los 11 confirmados a la fecha.
Estas nuevas determinaciones se dieron luego de la reunión ampliada de la Mesa Local de Emergencia, con referentes de instituciones locales y todos los bloques que integran el Concejo Deliberante. Allí se dio a conocer qué rubros siguen funcionado en forma normal y cuales permanecerán suspendidos por estos 3 días.
En primer término, en el apartado A, se confirmó el cese preventivo de actividades por tres días. En ese sentido se indicó lo siguiente: » Se dispone desde la hora cero (0 hs) del día jueves 14 de octubre de 2020 y hasta la hora veinticuatro (24 hs) del día 16 de octubre 2020, un CESE PREVENTIVO DE ACTIVIDADES en el Partido de Rauch, a los fines posibilitar la tarea de la Autoridad Sanitaria, para determinar el alcance de los contactos personales y grupales de los casos confirmados de Covid».

Actividades permitidas. En tanto en el punto B, se difundieron las actividades permitidas, establecidas en el artículo 11 del Decreto Nacional NRO. 792/20. Se trata de los siguientes rubros: 1) Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, bomberos;
2) Agentes Municipales;
3) Personal de los servicios de justicia de turno;
4) Personas que deban asistir a otras con discapacidad, a familiares que necesiten asistencia, a personas mayores, a niños, a niñas o a adolescentes;
5) Personas que deban atender una situación de fuerza mayor;
6) Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones, sin reunión de personas;
7) Personas que se desempeña en los servicios de comunicación;
8) Personal afectado a obra pública y la construcción, pintura o reparaciones en obra nueva o exterior;
9) Supermercados y comercios minoristas de proximidad de alimentos, higiene personal y limpieza. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas;
10) Industrias de alimentación;
11) Actividades agropecuarias;
12) Telecomunicaciones y servicios digitales;
13) Mantenimiento impostergables en los servicios básicos de agua, gas, electricidad, y limpieza;
14) Combustibles;
15) Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad;
16) Servicios de lavandería;
17) Servicios postales y bancarios;
18) Inscripción y documentación de personas;
19) Circulación de personas con discapacidad y profesionales que las atienden;
20) Atención médica, odontológica, Laboratorios de análisis clínicos, centros de diagnóstico por imagen, y Ópticas, todos con sistema de turno previo;
21) Toda compraventa comercial de rápida modalidad, con la posibilidad de presencia de a un concurrente por vez y por local;
22) Las actividades deportivas y recreativas para ser desarrolladas por grupos de personas convivientes, o bien en forma individual, con distanciamiento social respecto de otras personas.

Actividades suspendidas. En el apartado C del comunicado, aparecen los rubros que se suspendieron transitoriamente, a partir de la 0 hora de este miércoles. Dichas actividades son las siguientes:
1) Gastronomía, bares y confiterías, con atención al público, en todas sus variantes, salvo que se trate de compraventa de rápida modalidad y sin consumo en el local;
2) Gimnasios;
3) Remates Ferias;
4) Entrenamiento en fútbol Hockey, y pruebas automovilísticas;
5) Práctica de Paddle, Tenis, Pelota a Paleta y Pileta Climatizada;
6) Toda disciplina cultural, deportiva o recreativa de carácter grupal;
7) Los servicios personalizados como peluquería, belleza, masajes, etc.;
8) Las profesiones liberales, con excepción de las vinculadas a la atención de la salud mencionadas anteriormente;
9) Toda prestación de servicios o actividad comercial que no se pueda hacer efectiva mediante rápida modalidad de atención;
10) Uso de los espacios públicos, con la única excepción de las actividades recreativas y deportivas de personas convivientes o individuales;
11) El servicio doméstico;
12) Las reuniones sociales y familiares.

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