Concejales analizan proyecto que permite al Juez de Faltas aplicar trabajos comunitarios

Concejal María Lamarche.

Se trata de una herramienta complementaria al momento de sancionar una pena, debido  a la transgresión a la normativa municipal. El proyecto fue elevado por el Poder Ejecutivo y está siendo analizado por los concejales.

La concejal María Lamarche (FdT), en declaraciones a Canal 2 Noticias, hizo referencia al proyecto de ordenanza que impulsa el Ejecutivo, referido a la creación de la figura de trabajo comunitario, como una medida complementaria de sanción a la hora de fijar una pena, en el ámbito del Juzgado de Faltas Municipal de Rauch. Esta normativa podría aplicarse cuando el infractor no es solvente económicamente, para afrontar la pena.

En ese sentido, el jueves los legisladores mantuvieron una reunión con el Juez de Faltas, Dr. Juan Francisco Zudaire, para despejar algunas inquietudes, ya que fue quien elaboró el contenido de la potencial normativa en estudio.

“Queríamos saber su mirada, porque hace un tiempo venía trabajando en esta cuestión y él considera que se trata de una herramienta que le va a servir, que le va a ser útil en la aplicación de determinadas sanciones” y agregó que “también vimos la necesidad de trabajar en la educación y en la concientización, para que esas faltas no se comentan, ya que observamos que en los ingresos al Municipio, cada vez hay mayor incremento por faltas y esto no habla bien de nosotros como sociedad, es decir que más multas hay, más estamos incumpliendo con las normas establecidas”.

Siguiendo con el tema, Lamarche subrayó que “consideramos que además de la aplicación de multas, hay que acompañarlo con campañas de educación y concientización, y eso es a lo que debemos aspirar, a que cada vez seamos menos los ciudadanos que cometamos infracciones en la vía pública, algunas de ellas muy básicas y que tienen que ver con la convivencia en general”.

Sobre el proyecto en general expresó que “lo estamos viendo bien y sabemos que el Juez de Faltas trabaja de forma muy responsable y siempre está pensando en cómo actuar y aplicar la norma y justamente una de las cuestiones que nos deja conforme que él tiene una mirada en cuanto a que hay que buscar la forma de educar y concientizar, para evitar tener más sanciones”.

 

TRABAJO COMUNITARIO. Entre los puntos más importantes del proyecto, se define al trabajo comunitario como “la prestación de trabajos o servicios personales no remunerados de orientación, limpieza, conservación, restauración, ornamentación o afines a favor de instituciones públicas municipales, educativas o asistenciales ubicadas dentro del ejido, constituye una sanción alternativa a aplicar por el Juez de Faltas Municipal a la hora de fijar penas”.

Se menciona que “las tareas podrán ser otorgadas por cuestiones de concientización a infractores en calidad de pena accesoria de otra sanción o a efectos de conmutar la pena de multa por motivo de insuficiencia económica para afrontar pago de la multa a personas que integren un grupo familiar de escasos recursos, que tengan residencia efectiva y comprobada en el Partido de Rauch. Se considerará que un grupo familiar resulta de escasos recursos cuando los ingresos estimados provenientes de la actividad desarrollada por sus integrantes, no exceda mensualmente el importe de dos veces el salario mínimo, vital y móvil”.

En otro de los artículos se indica lo siguiente: “Las tareas comunitarias deberán ser desarrolladas por personas que hayan adquirido la mayoría de edad. Para el caso que el condenado sea un menor de edad y la sanción haya sido extendida solidariamente a sus progenitores, cualquiera de estos últimos podrá efectuar las tareas que se le asignen”.

En lo que hace a concientización y educación, en otro punto se faculta al Juez de Faltas Municipal a “aplicar como pena la concurrencia a charla especial de concientización, como sanción alternativa de la multa o acumulativa a otras sanciones, aun cuando la misma no esté prevista en el artículo respectivo. Asimismo, podrá determinar la conmutación de otra sanción por la concurrencia a la charla de concientización”.

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