La Justicia condenó a un rauchense por abigeato

El hombre, identificado como Juan Cruz Oyhanart, fue hallado autor del delito de abigeato agravado por tratarse de la única persona encargada del manejo, cuidado y cría del ganado.

 

El ex encargado de una estancia ubicada en el Partido de Azul fue condenado en un juicio oral a cuatro años y seis meses de prisión, proceso donde quedó demostrado que mientras desempeñaba tareas en ese establecimiento rural se apoderó de varias cabezas de ganado que después vendió en provecho propio. Según consignó el diario “El Tiempo” de la ciudad de Azul, también le fue dictada otra pena: tiene que pagar una multa de más de 93.000 pesos, dinero “equivalente a dos veces el valor promedio de la hacienda sustraída considerando sólo el del momento del hecho”, escribió en el fallo Joaquín Duba, el juez que de manera unipersonal intervino en el juicio.
Joaquín Duba, el juez del Tribunal 1 que intervino en este debate.
Escenario de este debate fue el Tribunal Oral en lo Criminal Nro. 1, donde se leyó este dictamen con veredicto condenatorio para el encausado: un hombre oriundo de Rauch al que voceros judiciales identificaron como Juan Cruz Oyhanart, de 36 años.
El rauchense fue hallado autor del delito de abigeato agravado por tratarse de la única persona encargada del manejo, cuidado y cría del ganado.
“A los fines de asegurar el eventual futuro cumplimiento de la pena aplicada, se impone al nombrado Oyhanart las obligaciones de presentarse siempre que sea llamado por éste Tribunal, debiendo manifestar cuál es su domicilio real, del que no podrá ausentarse por más de veinticuatro horas sin conocimiento ni autorización previa, denunciar las circunstancias que puedan imponerle una ausencia del domicilio por un término mayor y constituir domicilio especial dentro del territorio de la Provincia de Buenos Aires”, sostuvo también el juez del TOC 1 al fijarle esas pautas de conducta.
Esas obligaciones que le impuso estuvieron enmarcadas en que, a pesar de la pena dictada en esta primera instancia, no se debía hacer efectiva su detención; “dado que la razón por la que es posible imponerla, no hallándose firme el fallo, es cuando existiere un aumento verificado de peligro cierto de frustración del proceso, lo que no se ha comprobado en las presentes actuaciones”.
Las pruebas incorporadas a la causa penal y los testimonios escuchados en el juicio sirvieron para dar por demostrado que este caso de abigeato se produjo entre los días 8 y 30 de agosto de 2012.
En ese entonces, el encausado “prestaba servicios como encargado en la estancia denominada ‘La Pacífica’, ubicada en el camino a Shaw, a 15 kilómetros de la Ruta Nacional número 3”, en el Partido de Azul.
En esas circunstancias, el hombre condenado el miércoles que pasó “se apoderó ilegítimamente de 12 vaquillonas raza Aberdeen Angus negras y cinco terneros, tres colorados y dos negros, que se encontraban en el mencionado establecimiento rural propiedad de Federico Alberto Caneva, animales que vendió a Julio Francisco Tunez y fueron trasladados a un establecimiento de éste utilizando un camión de hacienda”.

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