La oposición impulsa la creación de un Consejo Local de Hábitat

Se trata de una iniciativa que se elaboró en base a la Ley 14.449 de Acceso Justo al Hábitat. Se pretende que la toma de decisiones comprenda una amplia participación de la comunidad y en particular de las personas afectadas en su derecho a la vivienda.

La cuestión del acceso a terrenos y a la vivienda familiar, al parecer tendrá un intenso debate en el ámbito legislativo, ya que aparecen tres proyectos alusivos a dicha problemática. Mientras los bloques de concejales tienen en sus manos el proyecto del nuevo código urbano para la ciudad, como también el análisis del expediente donde el oficialismo promueve la regularización dominial de Villa Burgos, se suma otro proyecto de ordenanza que impulsa el Frente de Todos, que impulsa la creación de un Consejo Local de Vivienda, Hábitat y Derecho a la ciudad, que tiene por objeto promover la gestión democrática de la ciudad como principio rector de las políticas de hábitat que se adopten o implementen en el ámbito del Municipio de Rauch.

El proyecto, iniciativa de la concejal María de los Angeles Lamarche, se basa en lo que promueve la Ley Provincial 14.449 de Acceso Justo al Hábitat, donde se menciona el concepto de Gestión Democrática de la Ciudad, que se define como el “proceso de toma de decisiones que asegure la participación activa protagónica, deliberante y autogestionada de la comunidad en general y de los ciudadanos en particular y, en especial, de las organizaciones sociales que promueven el acceso al hábitat y a la vivienda”;

Que en función de este principio y de acuerdo a lo normado por el artículo 57º de la Ley de Hábitat, “existe un deber del estado provincial y de los gobiernos municipales de promover la participación de la ciudadanía y de las entidades civiles constituidas, «en las diferentes instancias de planificación y gestión del hábitat, para la defensa de sus intereses y valores, así como velar por sus derechos de información e iniciativa».  Además se expresa en los fundamentos del proyecto, que “en consonancia con el artículo 57º de la Ley 14.449, el presente proyecto de ordenanza establece en su artículo 3º, la obligación por parte del Departamento Ejecutivo Municipal y el Honorable Concejo Deliberante, de garantizar el derecho a la participación y a la consulta previa de la comunidad en general, de las organizaciones sociales que promueven el derecho al hábitat y a la vivienda y, especialmente, de la población afectada durante los procesos de formulación, implementación y seguimiento de las políticas de hábitat y vivienda comprometidas en la Ley Provincial 14.449”.

Se expresa que dicho Consejo emitirá dictámenes vinculantes en los siguientes casos:

  1. a) En la generación o gestión de proyectos habitacionales y/o de urbanizaciones sociales; b) En la regularización de barrios informales; c) En la identificación de demandas urbano-habitacionales y; d) En la generación de propuestas que promuevan un reparto equitativo de las cargas y los beneficios del desarrollo urbano.

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