Tarifas de gas más bajas en Rauch, al ser declarado “zona fría

Diputado Alejandro "Topo" Rodríguez.

La iniciativa -que fue sancionada en Diputados de Nación y que tendrá aprobación de la Cámara de Senadores- fue acompañada por unanimidad desde Rauch, en la última sesión del Concejo Deliberante.

El diputado nacional Alejandro “Topo” Rodríguez, presidente del bloque de legisladores de Consenso Federal, afirmó que 54 distritos de la provincia de Buenos Aires se verán beneficiados al ser incluidos dentro de la denominada “zona fría”, por lo que obtendrán descuentos de entre el 30 y 50 por ciento en las tarifas.

La iniciativa -que fue sancionada en Diputados de Nación y que tendrá aprobación de la Cámara de Senadores- fue acompañada por unanimidad desde Rauch, en la última sesión del Concejo Deliberante.

Su aplicación implicará descuentos de 30 por ciento en promedio y de hasta 50 por ciento en algunos casos, en las facturas que se reciben en los hogares.

Rodríguez mencionó el pasado viernes, por Radio Eich (95.7), que este proyecto -que presentó en 2020 y no prosperó- fue factible este año en virtud de ampliar consensos con otros bloques de disputados.

“Después de que yo presenté este proyecto en julio del año pasado, por suerte hubo un proyecto adicional de la diputada Liliana Schwindt, del Frente de Todos; y persistía una iniciativa de José Luis Ramón, diputado nacional por Mendoza”, advirtió el diputado tandilense.

Destacó en tanto que se logró una propuesta unificada. “La presentamos el 14 de mayo, con el aval incluso del presidente del bloque del Frente de Todos, Máximo Kirchner”.

Agregó Rodríguez que esta ley permitirá “descuentos para las tarifas de gas en Rauch y otros 53 distritos de entre el 30 y 50 por ciento”.

Agregó que los descuentos más significativos se otorgan a sectores de bajos ingresos o en situación más vulnerable.

 

EL PROYECTO. La futura ley implica una disminución del 30% y 50% sobre las facturas de gas correspondiente para usuarias y usuarios residenciales, dependiendo su situación de mayor o menor vulnerabilidad (concretamente se tomaron quienes están comprendidos en el decreto presidencial 311/20). En las nuevas localidades la tarifa diferencial implica una disminución del 50% de la factura de gas correspondiente, en el caso de los siguientes usuarios residenciales:

Titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo.

Titulares de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a CUATRO (4) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.

Usuarios y usuarias inscriptas en el Régimen de Monotributo Social.

Jubilados y jubiladas; pensionadas y pensionados; y trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a CUATRO (4) Salarios Mínimos Vitales y Móviles.

Trabajadores y trabajadoras monotributistas inscriptas en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en CUATRO (4) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.

Usuarios y usuarias que perciben seguro de desempleo.

Electrodependientes, beneficiarios y beneficiarias de la Ley N° 27.351.

Usuarios y usuarias incorporadas en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares (Ley N° 26.844).

Exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza.

Titulares de Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.

Respecto del resto de las usuarias y usuarios residenciales, la tarifa diferencial implicará una disminución del 30% de la factura de gas correspondiente.

La ampliación en cuestión incorpora a las localidades actualmente alcanzadas, las comprendidas en el frente marítimo y subzonas del sur de la provincia de Buenos Aires.

Se incluye a la garrafa para las mismas regiones, provincias, departamentos, municipios y partidos que se incorporan al beneficio.

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